Si enfrenta cargos por una agresión sexual, debe tener en cuenta que las sanciones contempladas en la ley para este delito pueden ser graves. Por lo que es importante que conozca en qué consiste, y las posibles defensas que su abogado defensor puede implementar para que no sea declarado culpable.

La agresión sexual se encuentra consagrada en el artículo 243.4 del Código Penal y consiste en tocar las partes íntimas de otra persona en contra de su voluntad y con el propósito de excitar, obtener una satisfacción sexual, o abusar de la víctima.

Si es acusado de cometer este hecho punible, debe contar con la asesoría de la firma de abogados especializados en la defensa criminal de los delitos sexuales, Sex Crime Attorney, la cual se encuentra ubicada en Los Angeles, California. De esta forma, podrán ayudarlo a alcanzar el resultado más favorable posible, ya sea negociando un acuerdo para que sus cargos sean reducidos, o logrando que los mismos sean desestimados.

¿Cuáles son los requisitos para ser condenado?

Como ocurre con todos los delitos que están estipulados en la ley, es necesario que el fiscal demuestre todos los elementos que lo constituyen para que el acusado sea declarado culpable. Asimismo, la ley regula dos tipos de agresión de naturaleza sexual, el tipo general es considerado un delito menor y está constituido por los siguientes elementos:

  1. Un contacto físico con cualquiera de las partes íntimas de otra persona.
  2. Actuar contra la voluntad de este individuo.
  3. Actuar con el propósito específico de excitarse, satisfacerse sexualmente, o llevar a cabo un abuso sexual.

A diferencia de la violación que se encuentra regulada en el artículo 261 PC, este no requiere que exista una penetración o que el perpetrador mantenga relaciones sexuales con la víctima. Por lo cual, un acusado puede ser declarado culpable aunque esto no haya ocurrido. También puede recibir una sentencia condenatoria, aunque hubiese mantenido relaciones sexuales consensuadas con la víctima anteriormente o mantenía una relación sentimental con esta, por lo que esta no es una defensa útil para ser absuelto de los cargos.

Supongamos que María acude a una discoteca con sus amigas una noche, mientras está bailando con ellas, un hombre pasa y toca sus glúteos, ya que le parecían atractivos e intentaba satisfacerse sexualmente. María presenta la denuncia a la policía, tras lo cual le imputan cargos al hombre por agresión sexual como un delito menor.

Gabriela y Adrián son novios y viven juntos. Un día, Gabriela comienza a tocar sus genitales intentando convencerlo de que mantengan relaciones sexuales. Adrián le indica que pare, ya que está cansado y no tiene ganas. Gabriela lo ignora y sigue tocándolo. En tal caso, también es posible que se le imputen cargos por agresión sexual como un delito menor, ya que no es relevante que sean una pareja formal, si el contacto no fue consensuado.

¿En qué consiste la agresión sexual como delito mayor?

El artículo 243.4 PC también incluye varias formas de abuso sexual agravado, el cual tiene lugar cuando además de verificarse los elementos mencionados anteriormente, ocurre alguna de las siguientes circunstancias:

  • La víctima ha sido retenida ilegalmente por el perpetrador de la agresión, o por un tercero. Debemos tener en cuenta que una retención ilegal tiene lugar cuando se realizan expresiones o conductas dirigidas a impedir que la víctima se mueva, con la finalidad de cometer la agresión sexual. Para que se considere como una circunstancia agravante, la fuerza usada debe ser adicional a la que fue utilizada para cometer dicha agresión.
  • El delito se comete mientras la víctima está internada recibiendo tratamiento y padece una discapacidad grave o está incapacitada por una afección.
  • La víctima no estaba consciente del carácter del acto debido a que el perpetrador le manifestó de manera fraudulenta, que el contacto físico tenía un fin profesional.
  • La víctima es obligada a tocar una parte íntima del perpetrador, un cómplice, o un tercero, y además, se verifica alguna de las situaciones anteriores. Es importante resaltar que esta es la única circunstancia en la que se considera como una agresión sexual que la víctima sea quien toque las partes íntimas del perpetrador. Ya que, para este delito, la ley requiere que el perpetrador sea quien realice el contacto físico con las partes de la víctima.

Por ejemplo, un individuo encuentra a una mujer caminando sola por el pasillo de un centro comercial, cuando la empuja contra una pared y la obliga a tocar su pene. En tal caso, se considera que mantener a la víctima contra una pared es una retención ilegal. Debido a que el perpetrador la obligó a tocar sus partes íntimas y además, se verifica alguna de las otras circunstancias especiales indicadas en el artículo, el hombre puede resultar culpable de agresión sexual como delito mayor.

Pero si el individuo en vez de retenerla, toma su mano y luego la coloca encima de su pene sin su consentimiento, entonces no se le pueden imputar cargos por agresión sexual ya que no se verifica alguna de las otras circunstancias especiales especificadas en la disposición y esta sólo castiga los hechos en los que la víctima es obligada a tocar las partes privadas del perpetrador si alguna de las circunstancias especiales está presente. No obstante, sería acusado por otro acto delictivo, como el de agresión estipulado en el artículo 242 PC.

¿En qué consiste el contacto físico requerido?

El contacto físico que forma parte de los elementos básicos del delito, se refiere a hacer contacto con cualquiera de las partes privadas del agraviado, ya sea directamente, a través de su propia vestimenta, o la de la víctima.

Pero en la agresión sexual como delito mayor, se requiere el contacto físico se realice sobre la piel desnuda de la víctima, ya sea directamente, o por medio de la vestimenta del perpetrador.

Por ejemplo, Juan es un empleado en un hogar para adultos con discapacidad mental, cuando le pide a una de las pacientes que padece discapacidad mental grave, que toque su pene por encima de su ropa, tras lo cual ella lo lleva a cabo. Esto es considerado una agresión sexual como delito mayor.

Pero en el supuesto de que Juan toque los senos de la paciente por encima de la ropa de esta, entonces únicamente puede ser acusado por delito menor. Dado que la agresión sexual como delito mayor requiere que exista un contacto físico con la piel desnuda de la víctima, y no permite que sea por medio de su vestimenta.

¿Cuáles son las partes íntimas?

Se considera que las partes íntimas, incluyen el ano, la ingle, el órgano sexual, y el glúteo de un individuo, independientemente de su género. Además del busto de la mujer.

¿Cuándo se actúa en contra de la voluntad de otro individuo?

Este delito se comete cuando se toca a alguien que no ha consentido a dicho contacto físico. Para que se considere que el consentimiento es válido, el acto debe ser llevado a cabo voluntaria y libremente, estando consciente de su naturaleza y significado.

Asimismo, se puede incurrir en este delito y ser acusado por delito mayor, si a pesar de que la víctima manifestó su voluntad de participar en el acto, el perpetrador mintió al indicarle que sería realizado con un propósito profesional. Debido a que el fraude es un vicio del consentimiento, por lo que este no se considera válido si la persona fue engañada y no conocía las verdaderas características del acto al cual estaba consintiendo.

¿Qué se entiende por abuso sexual?

Como mencionamos anteriormente, este delito puede cometerse con un propósito específico de realizar un abuso sexual. Esto significa que el perpetrador tiene la intención de causar lesiones, herir, humillar, intimidar a la víctima, o causarle un dolor en cualquiera de sus partes íntimas.

Cuando el contacto físico realizado es de naturaleza sexual y se tiene este propósito, se incurre en una de las formas de comisión del delito, independientemente de que también actúe con la finalidad de satisfacerse sexualmente.

¿Qué es una retención ilegal?

Esta tiene lugar cuando un individuo controla la libertad de movimiento de otro al utilizar palabras, llevar a cabo una conducta, o ejercer una autoridad. Además, se requiere que la otra persona haya sido retenida en contra de su voluntad, y que el perpetrador exceda la fuerza física requerida para realizar el contacto de carácter sexual.

Supongamos que un maestro le indica a una estudiante que entre a un salón de clases, tras lo cual cierra la puerta del mismo con seguro. Cuando la estudiante se percata de esto, intenta alejarse del maestro, pero este la sostiene con fuerza y toca sus glúteos por debajo de su ropa. En tal caso, se considera que existió una retención ilegal al encerrar a la estudiante en el salón y aplicar una fuerza mayor a la necesaria para cometer el abuso sexual, lo cual se materializó cuando utilizó su autoridad como maestro y la encerró en un salón para estar a solas con ella y así cometer el abuso con mayor facilidad.

Por otra parte, es importante tener en cuenta que la retención no es considerada ilegal si el que la realiza ejerce una autoridad legal y tiene un propósito legal, siempre que no se emplee una fuerza excesiva. Este sería el caso si un oficial de policía arresta a un individuo que huía tras cometer un delito, y lo esposa. Pero si el policía toca sus partes íntimas, entonces el propósito pasa a ser ilegal y se convierte en una retención contraria a la ley.

¿La disposición castiga la complicidad en la comisión del delito?

De conformidad con la ley de California, a los individuos que son cómplices o asisten la comisión de un delito se les imputan cargos y enfrentan las mismas sanciones que el perpetrador principal. Para que se considere que alguien es cómplice de la agresión sexual, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:

  1. Saber que el perpetrador principal está cometiendo un delito.
  2. Tener la intención de ayudar, promover, facilitar, alentar, instigar, o conspirar para llevar a cabo la agresión. Además, se requiere que cualquiera de estos se haya materializado.

¿Cuáles argumentos de defensa son útiles contra estas acusaciones?

Existen una serie de defensas que pueden argumentarse en el juicio, por lo que su abogado evaluará el caso con el fin de establecer cuál es la más adecuada para lograr que no sea declarado culpable. A continuación, explicaremos algunas de las más comunes.

  1. La existencia del consentimiento. Si bien un acusado no es culpable si la otra parte había manifestado expresamente su voluntad de realizar o permitir el contacto físico, la ley también establece como una justificación que haya tenido un motivo razonable para creer que la supuesta víctima había prestado su consentimiento.

Por ejemplo, Mario y Gabriela se encuentran en una cita, cuando Mario intenta colocar su mano debajo de la ropa interior de Gabriela. Ella no está contenta con esto, pero no le indica que pare, ni manifiesta su desacuerdo. Si Gabriela denuncia a Mario por una agresión sexual, este puede alegar que no sabía ni existieron razones por las cuales debía saber, que Gabriela no había consentido. Si el fiscal no logra probar lo contrario, no será declarado culpable.

  1. No se presentaron evidencias suficientes. Para que el acusado sea declarado culpable, es imprescindible que el fiscal demuestre por encima de toda duda razonable, que la agresión sexual tuvo lugar. Pero en muchos casos, no se cuentan con evidencias físicas suficientes para lograrlo, lo cual facilita que el abogado logre que los cargos sean desestimados o reducidos a otros delitos que contemplen sanciones menores en las etapas iniciales del procedimiento judicial.
  1. Se han presentado acusaciones falsas. Con frecuencia, se presentan denuncias falsas motivadas por rencor, venganza o celos.

Independientemente de que la persona que lo denuncia haya inventado todo, o haya consentido el acto, es posible que el fiscal no logre que sea declarado culpable por la falta de pruebas para respaldar sus acusaciones. Su abogado se encargará de interrogar a la supuesta víctima para revelar incongruencias en su testimonio, y cuestionar los argumentos del fiscal para que se determine que no logró probarlo por encima de toda duda razonable, además de presentar evidencias de que usted no cometió el delito para que no sea condenado.

¿Cómo es castigado este delito?

Como indicamos anteriormente, la forma de comisión general de este hecho punible se considera un delito menor, pero la agresión sexual también puede ser un delito mayor cuando se verifican ciertos factores agravantes. Por esta razón, las sanciones estipuladas en la ley varían.

  1. Sanciones para agresión sexual como un delito menor. Debemos recordar que este se comete cuando no existen circunstancias agravantes y únicamente están presentes los elementos básicos del delito, los cuales son; tocar una parte íntima de otro individuo en contra de su voluntad y con el propósito de gratificarse sexualmente, excitarse o abusar del mismo. Si el fiscal le imputa cargos por este acto como delito menor y es condenado, las sanciones que enfrenta pueden incluir algunas o varias de las siguientes:
  • Una pena máxima de 6 meses en una cárcel del respectivo condado.
  • Una multa máxima de 2.000 USD, pudiendo alcanzar los 3.000 USD si la víctima era su empleado.
  • Libertad condicional informal por un periodo máximo de 5 años, que incluye entre sus condiciones cumplir con un servicio comunitario, completar un programa educativo para agresores, realizar un programa dirigido al tratamiento de la conducta sexual compulsiva, y la obligación de registrarse como un delincuente sexual de primer nivel por un periodo mínimo de 10 años, de conformidad con el artículo 290 PC.
  1. Sanciones para la agresión sexual como delito mayor. Como indicamos anteriormente, ante la presencia de circunstancias agravantes, este hecho puede ser un delito mayor. Recordemos que estas situaciones son; una retención ilegal, que la víctima padezca una discapacidad o esté incapacitada y se encuentre internada en una institución, o convencer a la víctima de que el contacto físico tiene un propósito médico.

En tales casos, el delito se considera un wobbler, lo cual significa que el fiscal puede imputar cargos por el mismo como un delito menor o mayor, en función de las circunstancias específicas del caso y el historial criminal del acusado. Es importante resaltar que cuando uno de los factores agravantes está presente, el fiscal puede considerar más conveniente acusarlo por delito menor. De ser así, las sanciones a imponer son las mismas que explicamos anteriormente para delito menor, pero la pena máxima de cárcel se eleva a un año. Ahora bien, si el fiscal decide acusarlo por delito mayor y es condenado, las sanciones a imponer pueden incluir las siguientes:

  • Libertad condicional formal.
  • Un periodo de 2, 3 o 4 años en prisión estatal, pudiendo aplicar un periodo adicional de 3 a 5 años en la misma prisión si la víctima sufre una lesión corporal significativa.
  • Una multa máxima de 10.000 dólares.
  • La obligación de registrarse como un delincuente sexual de tercer nivel durante toda su vida. Al respecto, debemos tener en cuenta que cuando la víctima estaba internada y padece una discapacidad grave o una incapacidad médica, el condenado deberá registrarse como un delincuente sexual de primer nivel, con lo cual el periodo mínimo del registro será de 10 años.

¿El perpetrador puede ser obligado a pagar una indemnización en un tribunal civil?

Además de enfrentar cargos en un tribunal penal, cualquier víctima de esta agresión puede interponer una demanda contra el perpetrador en un tribunal civil para exigir un resarcimiento por los perjuicios que resultaron de la comisión del delito.

En el proceso civil, el demandante debe probar que el demandado cometió la agresión y los daños que esta le produjo, los cuales pueden incluir gastos médicos, pérdida de salarios, pérdida de su capacidad de generar ingresos, daños a sus bienes, y daño moral.

Por otra parte, en octubre del año 2021, el gobernador del estado de California aprobó una ley denominada Proyecto de Ley de la Asamblea 453. Esta prohibió una nueva forma de agresión sexual que consiste en retirar el preservativo durante el acto sexual sin el consentimiento verbal de la otra parte. Por esta razón, las víctimas de este acto actualmente también pueden interponer una demanda civil si sufren daños y perjuicios como consecuencias del acto.

¿Existen delitos relacionados?

Existen varios hechos punibles estipulados en la ley que regulan hechos similares, por lo que en muchos casos el fiscal les imputa en conjunto con este o en lugar del mismo. Entre ellos, destacan los siguientes:

  • Violación. Artículo 261 PC. Consiste en realizar amenazas, emplear fuerza o engañar a una persona para mantener relaciones sexuales sin su consentimiento. Se trata de un delito mayor que se castiga con una pena máxima de 8 años en prisión estatal, pudiendo ser mayor si la víctima sufre una lesión corporal significativa o existen otras circunstancias agravantes. Además, se considera un strike de conformidad con la Ley de los Tres Delitos y Fuera.
  • Agresión. Artículo 242 PC. Se comete al realizar un contacto físico sobre otro individuo sin su consentimiento. Este delito abarca cualquier tipo de contacto no deseado, por lo que no se toma en cuenta que el mismo haya sido de naturaleza sexual. Se trata de un delito menor cuyas sanciones incluyen una pena máxima de 6 meses en una cárcel del condado y una multa máxima de 2.000 dólares.

¿Cómo encontrar abogados cerca de mí?

Si enfrenta una acusación por este delito es fundamental que contacte a nuestro equipo de abogados lo más pronto posible. Se encargarán de examinar todas las circunstancias específicas de su caso y discutirán con usted cuáles son las posibles estrategias para defenderse de las acusaciones, así como también las alternativas existentes. Además, se cerciorarán de recabar todas las pruebas necesarias para contrariar las acusaciones presentadas por el fiscal y así lograr que sus cargos sean reducidos o se imponga una pena menor.

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