Cuando un individuo es objeto de un deseo sexual descontrolado y además observa a su prójimo con morbosidad, puede ser capaz de realizar conductas indebidas en público, lo que representa la ejecución de un delito sexual denominado conducta lasciva, el cual es penalizado rigurosamente sin lugar a duda por las autoridades.

Cabe resaltar que el término “lascivia” se refiere a la incapacidad de controlar la libido, lo que puede originar como consecuencia una obsesión sexual en la persona que lo padece, por este motivo frecuentemente la lascivia es vinculada a conductas prohibidas, las cuales a su vez están aunadas a la comisión de delitos sexuales.

Es importante enfatizar que las conductas lascivas se determinan como tal, cuando se ejecutan en un lugar público, o aun cuando el individuo sabía que era probable que alguien más lo observara. Supongamos que usted está teniendo relaciones sexuales en un lugar privado pero ha dejado la ventana abierta, y en efecto, lo han observado otras personas que iban pasando por el lugar, o quienes simplemente se asomaron. Tanto en un lugar público como en un lugar privado con acceso a espectadores está incurriendo en un delito, así que se enfrenta a la posibilidad de que se formulen cargos como consecuencia del mismo.

Consultar su caso con un abogado especializado en delitos sexuales

Si usted está siendo acusado por el delito de conducta lasciva y se encuentra en Los Angeles CA, debe recurrir a un abogado especialista en leyes criminales, quien se encargará de orientarlo sobre las sanciones que puede originar la comisión de este delito y todo lo que a él se refiere. No confíe la defensa de su caso en personas que no estén capacitadas, contacte cuanto antes con un abogado perteneciente al bufete de Sex Crime Attorney.

¿Cómo define la ley una conducta lasciva?

Una conducta lasciva es ejecutada cuando usted toca sus partes privadas, entiéndase genitales, nalgas o un pecho femenino con el propósito de obtener gratificación sexual u ofender a terceras personas, en un sitio público. El Código Penal del Estado de California en su artículo 647(a), prohíbe este tipo de comportamientos y la solicitud o participación  de una conducta lasciva en sitios públicos, por tales motivos si usted incurre en un acto de esta naturaleza podría enfrentar cargos por conducta lasciva.

Asimismo es importante referir que este tipo de conductas se ejecutan con o sin la presencia de una pareja, y de igual forma atentan contra la moral y los buenos principios, ya que dejan de lado las buenas costumbres y ofende a terceras personas como ya se hizo mención anteriormente. Por otro lado, cabe destacar que existen diversas ejemplificaciones de la ejecución de este delito, entre ellas tenemos:

  • Tener relaciones íntimas en una playa concurrida.
  • Masturbarse en un automóvil expuesto a transeúntes.
  • Tocar los glúteos de su pareja en público.
  • Acariciar los pechos de su pareja en frente de terceras personas en un restaurante.

Es oportuno repetir que las conductas lascivas son calificadas como tal, cuando se ejecutan en un lugar público, o un sitio abierto al público en general, o al menos en un espacio en donde los hechos pudieran ser visualizados por otras personas. Dichos lugares públicos podrían ser: Los baños de un centro comercial, salas en donde se brinde el servicio de masajes, un automóvil estacionado en una calle pública, pasillos en común de un edificio, entre otros ejemplos.

¿Cuáles elementos debe probar el Fiscal para demostrar que ocurrió una conducta lasciva?

El ente acusador - El Fiscal-  debe demostrar que los siguientes factores ocurrieron en el lugar de los hechos para poder asegurar la comisión de una conducta lasciva, estos elementos son los siguientes:

  • Que el acusado por voluntad propia tocó sus genitales o las partes íntimas de un tercero.
  • Que el propósito de su comportamiento fue para obtener gratificación sexual y para molestar a otras personas.
  • Que el acto lascivo fue ejecutado en un sitio público, o donde pudiera ser observado.
  • Que estaba en presencia de terceras personas, que podrían haberse sentido ofendidas.
  • Que el acusado debió razonar que estaban presentes otras personas, que podrían haberse sentido insultadas con dicho comportamiento.

Según estos enunciados, es prudente referir que los hechos cometidos para que una conducta lasciva se origine, deberían ser voluntarios con el fin de obtener alguna satisfacción sexual. Asimismo los actos ilícitos deberían haber ocurrido en un sitio público y ser observados por otras personas que pudieran sentirse insultadas con su actuación, situación que usted podría haber razonado y no lo hizo.

De igual forma, durante los hechos no es necesario que se haya producido excitación en usted o en la otra persona si estuviera presente, ya que solo con la intención de obtener dicha satisfacción sexual es suficiente para ejercer una conducta lasciva. Ahora bien, si usted rozara de manera accidental el cuerpo de otra persona no estaría cometiendo un delito sexual. En cambio, si tocara a otra persona directamente en su piel o por encima de su vestimenta con alguna intención sexual, de esta forma estaría incurriendo en el delito denominado conducta lasciva y puede enfrentar cargos penales como consecuencia de ello.

¿Cómo diferenciar una conducta lasciva de una exposición indecente?

Estos delitos básicamente presentan una diferencia definida, y es que el individuo debe tocar a un tercero o a sí mismo con un propósito sexual, esta característica particular ocurre cuando se comete una conducta lasciva, por el contrario del delito conocido como exposición indecente, que aun cuando su connotación también es sexual, no es necesario que usted se toque o que exista contacto entre una persona y otra, sino que basta con que exponga sus zonas íntimas ante otras personas.

Ahora bien, en cuanto a la penalización, existe una diferencia bastante notoria, ya que una persona que cometa un delito de exposición indecente requiere quedar registrada como “delincuente sexual” obligatoriamente, a diferencia de una persona culpable de ejercer conducta lasciva, la cual no requiere dicho registro. 

En tal sentido es importante mencionar que el registro como un delincuente sexual trae consecuencias a futuro de índole económico, social y personal. A tales efectos, se pudiera llegar a un acuerdo con el Fiscal sobre la culpabilidad del sujeto, ya que si el ente acusador acepta descartar la acusación por exposición indecente, a cambio de una acusación por conducta lasciva, quedaría descartado a su vez el registro de delincuente sexual, esto tomando en cuenta con anticipación las circunstancias en las que ocurrieron los hechos para tomar dicha determinación.

¿Cómo pueden descubrir las autoridades la ejecución de conductas lascivas?

La comisión de conductas lascivas en infinidades de casos son denunciadas por terceras personas, pero existen otros episodios que no son revelados ante las autoridades, los cuales quedan impunes. Por esta razón, las autoridades han ideado planes de procedimientos encubiertos, con el fin de identificar y capturar a  sujetos que efectúen dichos delitos en público y sometan a otras personas con intención sexual.

Por su parte, es frecuente que en estas operaciones encubiertas un agente policial instale cámaras de seguridad en lugares propicios, con el fin de vigilar y capturar a personas que se dediquen a la comisión de este delito y no hayan sido castigadas anteriormente. Dichos espacios en donde comúnmente se originan este tipo de conductas, suelen ser lugares ocultos, como podría ser el caso de un parque con muchos arbustos o los baños públicos de una plaza por ejemplo.

En el caso de que algún sujeto sea capturado cometiendo este tipo de acto ilícito como lo establece en su artículo 647(a) del Código Penal del Estado de California, y éste argumentara que el sitio en donde se encontraba era un lugar oculto y poco visitado, esta sería una estrategia que su abogado pudiera utilizar al momento de su defensa, ya que es una conducta que usted habría razonado con anticipación, debido a que no quería ofender a terceras personas y por lo tanto no representaría una conducta lasciva.

¿Cómo debe actuar una persona que ha sido arrestada por el delito de conducta lasciva?

En este caso el presunto culpable, no debería dar declaraciones sin la presencia de un abogado, ya que cualquier información emitida pudiera ser utilizada en su contra, debido a que la policía se encuentra recolectando evidencias de lo sucedido con el fin de definir un culpable. En tal sentido, suele suceder que las autoridades pudieran entregar una citación para que el sujeto involucrado se presentara a declarar en los tribunales, no sin antes tomar sus datos y huellas dactilares para registrarlas en el sistema, de hecho, esta es la información que solo debería suministrar en ese momento a la policía, no otra.

En este orden, lo primordial ante cualquier escenario como el descrito anteriormente, es solicitar lo antes posible la defensa del mejor abogado especialista en conducta lasciva, quien se encargará por todos los medios de demostrar la inocencia del presunto culpable a lo largo de todo el proceso judicial.

¿Cuáles penalizaciones se imponen por la comisión del delito de conducta lasciva?

Este hecho ilícito está calificado en el Estado de California como un delito menor. Por su parte, las sanciones pertinentes por cometer conducta lasciva pudieran ser las que se mencionan a continuación:

  • El cumplimiento en prisión hasta por seis meses en una cárcel del condado.
  • El pago de multas hasta por $1.000.
  • El beneficio de libertad condicional.

Es importante resaltar en cuanto a esta última penalización (la libertad condicional), que existen ciertas condiciones aunadas a su cumplimiento, como lo son: mantenerse retirado del lugar donde ocurrieron los hechos, asistir a charlas terapéuticas para agresores sexuales, pagar multas de montos previamente establecidos, someterse a pruebas de VIH, entre otras condiciones que el juez estime convenientes. Asimismo, debe aclararse que el incumplimiento de estas condiciones, cualquiera de ellas, impuestas en el juicio, representa penalizaciones adicionales, por las que usted podría cumplir la condena en una cárcel.

Por otro lado, también existen consecuencias desfavorables que representan un obstáculo en la cotidianidad de un individuo con antecedentes penales, por la comisión de un acto ilícito sexual, las cuales le impedirían rigurosamente llevar una vida normal al sujeto condenado, entre dichas sanciones tenemos:

  • Problemas para alquilar o comprar viviendas.
  • Dificultad para obtener empleos.
  • Anulación de licencias profesionales para ejercer en diferentes áreas (educación, leyes, salud).
  • Negación de la custodia de los hijos.
  • Prohibición para formar parte de programas sociales del Estado.
  • Pérdida del derecho al voto.
  • Prohibición del porte o adquisición de un arma de fuego.

¿Es obligatorio quedar registrado como delincuente sexual?

Como se hizo mención anteriormente, la respuesta es NO, ya que entre las sanciones pertinentes a la ejecución de este delito denominado conducta lasciva, no se encuentra estipulado el registro como delincuente sexual. No obstante, el fiscal pudiera tener como alternativa imputar cargos por el delito de exposición indecente según las circunstancias en las que hayan ocurrido los hechos y si el procesado es culpado por este delito, pudiera quedar registrado como un delincuente sexual.

¿Cuáles defensas se aplican frecuentemente en casos de conducta lasciva?

Para defender casos de la comisión del delito de conducta lasciva, se pueden emplear diferentes estrategias con el propósito de construir la mejor defensa posible, las más frecuentes se pueden enunciar a continuación:

  • Usted no se encontraba en un sitio público.
  • Usted no tocó sus zonas íntimas ni las de un tercero.
  • Usted no tuvo intención de obtener satisfacción sexual al tocar sus genitales.
  • Usted fue víctima de un engaño por parte de la policía.
  • Falta de conocimiento.

Usted no se encontraba en un sitio público

En este caso el ente acusador debe demostrar que los hechos ocurrieron en un lugar público, con el fin de que el procesado sea sancionado por el delito de conducta lasciva, de lo contrario no habría lugar a una condena.  En el supuesto caso de que los hechos se hayan dado en un espacio íntimo, por ejemplo, en la habitación de su casa, o en el baño de su vivienda, su abogado pudiera utilizar esta información como parte de su defensa para desestimar los cargos por conducta lasciva.

Ahora bien, si estas áreas mencionadas anteriormente, se encuentran expuestas al público, usted estaría en riesgo sin lugar a duda de enfrentar cargos por conducta lasciva. Este pudiera ser el caso de que dicho comportamiento ocurriera en una oficina, y sus compañeros de trabajo observaran de un momento a otro la situación, así como también su habitación, la cual pudiera quedar expuesta a la vista de los vecinos a través de una ventana.

Usted no tocó sus zonas íntimas ni las de un tercero

Esta estrategia de defensa se basa en afirmar que usted no tocó ninguna parte íntima de su cuerpo ni la de otra persona, por esta razón no pudiera asegurarse que usted tuvo un comportamiento lascivo o alguna conducta de esta naturaleza.

Usted no tuvo intención de obtener satisfacción sexual al tocar sus genitales

En este caso la defensa puede fundamentar que usted tocó sus genitales o un área muy cercana a ellos, la cual hiciera creer que estaba tocando una zona íntima, con otra finalidad que no fuese la de obtener satisfacción sexual, como por ejemplo aplicarse una crema como parte de algún tratamiento médico, lo cual dio paso a una interpretación equivocada por parte de quien lo observó y lo denunció.  A tales efectos, si la defensa logra demostrar que no hubo intención sexual cuando usted tocó sus genitales, usted podría quedar libre de cargos por la comisión del delito de conducta lasciva.

Usted fue víctima de una trampa por parte de la policía

En esta defensa, el abogado pudiera alegar que el acusado fue objeto de un engaño por parte de las autoridades para incriminarlo en un comportamiento lascivo. Es importante aclarar que las leyes en el Estado de California, manifiestan que las autoridades policiales no pueden actuar mediante persuasión a través de presión, acoso o amenazas, con el fin de que un ciudadano común incurra en un hecho ilícito en el que normalmente no estaría dispuesto a cometer.

En efecto, en diversas ocasiones los entes policiales trabajan a través de operaciones encubiertas, las cuales pueden dar pie a que un individuo cometa un delito, sin embargo esto no quiere decir que se trate de una trampa para involucrar a la persona, más bien según las circunstancias del caso, es que puede llegarse a determinar si la policía llevó a cabo una trampa o no, y de este resultado dependerá si el sujeto involucrado enfrentará cargos por conducta lasciva o no.

Falta de conocimiento

Esta estrategia de defensa manifiesta que el acusado no tenía conocimiento de que alguien pudiera estarlo observando y sentirse ofendido por sus acciones, por lo tanto no debería enfrentar cargos por la ejecución de este delito.

Como ejemplo supongamos que usted terminara de jugar un partido de fútbol y entrara a los baños para ducharse y cambiarse de ropa, cerrara la puerta y no se diera cuenta de que la cerradura estaba dañada, por consiguiente alguien más entrara al lugar y lo observara tocando sus genitales mientras se aseaba. Usted no razonó al momento de entrar que alguien más pudiera verlo tocando sus partes íntimas mientras se duchaba, y en consecuencia ofenderse, por lo tanto su abogado pudiera acotar esta defensa válida en el juicio.  

Siguiendo con el tema de las posibles defensas que pudieran emplearse ante la comisión del delito de conducta lasciva, también pueden utilizarse por parte del abogado penalista, la incapacidad del acusado para cometer el acto ilícito, confesión forzada, error de hecho  identificación errónea, entre otras, las cuales van a depender de las circunstancias que hayan ocurrido al momento de la comisión del hecho punible y del criterio empleado por la defensa en el caso.

¿Cuáles actos ilícitos están vinculados al delito de conducta lasciva?

Existen algunos hechos delictivos en el Estado de California, vinculados al delito que venimos tratando a lo largo de este artículo, los cuales son sancionados rigurosamente también, entre ellos pueden especificarse los siguientes: 

  • Estupro: Este es un delito estipulado en el Código Penal de California en su artículo 261.5, el cual se comete cuando se tienen relaciones sexuales con personas menores de 18 años, sin ser cónyuges.
  • Exposición Indecente: Este hecho ilícito está explícito en el artículo 314 del Código Penal, el cual es ejecutado cuando se muestran los genitales con el fin de obtener gratificación sexual, u ofender a terceras personas.
  • Actos lascivos con un menor: Este hecho delictivo se encuentra establecido en la disposición 288 del Código Penal, el cual se efectúa cuando se toca a un menor de edad en sus partes íntimas, o es obligado a cometer algún acto sexual con el fin de obtener satisfacción sexual.

Es importante mencionar que estos actos ilícitos, todos pertenecientes a la categoría de delitos sexuales, frecuentemente son cometidos en conjunto con el delito de conducta lasciva. Asimismo se resalta que también son sancionados rigurosamente y repercuten en la vida de las personas involucradas, dejando también consecuencias a nivel interpersonal, laboral y profesional, las cuales impiden al condenado llevar una vida con total normalidad.

¿Cómo puedo ubicar un abogado de conducta lasciva cerca de mí?

Si usted está enfrentando cargos por la comisión del delito de conducta lasciva y se encuentra ubicado en Los Angeles CA, es prudente que solicite la orientación legal de un abogado penalista que pueda encargarse de construir la mejor defensa posible para su caso, con el fin de demostrar su inocencia evitando por todos los medios que usted sea penalizado severamente por la comisión de un crimen sexual. Recuerde que los delitos de naturaleza sexual pudieran ocasionar consecuencias de por vida, ya que difícilmente conseguiría empleo, o podría alquilar o comprar viviendas, entre otros aspectos importantes.

A tales fines, en Sex Crime Attorney, usted puede contar con la asesoría legal de los mejores abogados del Estado de California, quienes se encuentran siempre dispuestos a brindar el mejor de los servicios.

Para mayor información puede contactarnos a través del siguiente número telefónico 424-835-9799 y solicitar una consulta inicial gratuita. ¡Llame ahora!